CAMPAÑA DE ACTUACIÓN CONTRA EL PICUDO ROJO DE LAS PALMERAS A SUECA
El Ayuntamiento de Sueca, con la colaboración del Instituto Agroforestal del Mediterráneo de la Universidad Politécnica de Valencia, inició a principios del año 2012 una campaña de actuación contra el picudo rojo de las palmeras. Esta grave plaga que amenaza nuestro patrimonio arbóreo está presente en España desde el año 1993, aunque en el País Valenciano no se detecta hasta el año 2004.
Este plan de actuación contra la plaga consta de una vigilancia intensiva de todos los ejemplares de palmera públicos y de la aplicación sistemática de productos fitosanitarios para prevenir y combatir la plaga. Además de estas actuaciones, hay que informar y formar a la gente para que conozca la plaga y conozca las medidas a aplicar a sus palmeras privadas, ya que sin la colaboración de todos esta lucha no es posible.
Según la Orden del 22 de diciembre de 2009 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, publicada en el DOGV (Diario Oficial de la Comunidad Valenciana) núm. 6180 / 08.01.2010, se establecen medidas fitosanitarias obligatorias para el control y la erradicación de la plaga Rhynchophorus ferrugineus Olivier, conocido vulgarmente como Picudo rojo de las palmeras o Morrut roig de les palmeres (valenciano), y se califica de utilidad pública su lucha:
Artículo 9 – Actuaciones sobre palmeras afectadas:
- Las personas físicas o jurídicas titulares de palmeras afectadas por la plaga, en cumplimiento del artículo 18 de la Ley 43/2002, de Sanidad Vegetal, tendrán la obligación de cortar y destruir la parte afectada de la planta tan pronto como se confirme su presencia. La destrucción se hará siguiendo las directrices técnicas que establezca la conselleria competente en materia de agricultura, pesca y alimentación.
- En los casos en que así lo consideran los servicios técnicos de la conselleria, se podrán tomar otras medidas, tales como tratamientos fitosanitarios, lucha biológica y cualquier otro método científico que haya sido reconocido como eficaz en el control de la plaga por los servicios oficiales de la conselleria competente en materia de agricultura, pesca y alimentación.
- El material resultante de los cortes de palmáceas a que se hace referencia en el punto 1 de este artículo se debe destruir siguiendo las directrices que fije la conselleria competente en materia de agricultura, pesca y alimentación.
- En caso de que las palmáceas estén situadas en las instalaciones de un productor, comerciante o importador de palmáceas, el servicio competente de la Conselleria competente en materia de agricultura, pesca y alimentación ordenará la destrucción de las palmáceas afectadas, lo se efectuará por el propietario en el plazo y en la forma que fije el servicio competente de la conselleria competente en materia de agricultura, pesca y alimentación. Asimismo, se procederá a la inmovilización del resto de palmáceas situadas en la misma parcela de producción que las palmeras destruidas. Además, será obligatoria la realización de tratamientos fitosanitarios preventivos en toda la parcela de producción y / o las instalaciones de que disponga el productor, comerciante o importador, así como llevar un registro de los tratamientos realizados.
- Los gastos originados por las medidas fitosanitarias establecidas en los párrafos anteriores correrán a cargo de las personas físicas o jurídicas propietarias de las palmeras afectadas, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal.
Por lo que, desde el Ayuntamiento de Sueca RECOMENDAMOS a todos los particulares propietarios de alguna palmera:
- Evitar la poda: Sólo se recomienda podar durante los meses más fríos del año, es decir enero y febrero, ya que el resto del año el insecto se encuentra en plena actividad.
- Vigilar periódicamente nuestros ejemplares: La detección precoz es muy importante, ya que muchas veces cuando observamos los síntomas, es demasiado tarde para actuar.
- Realizar tratamientos preventivos y / o curativos, bañando bien el ojo de la palmera, con diferentes materias activas autorizadas:
Imidacloprid 20% → dosis 0,05-0,075%
Tiametoxam 25% → dosis de 40 g/Hl
Nematodos entomopatógenos (producto biológico) → dosis 15-25 millones de unidades vivas/palmera
*Los tratamientos deben llevarse a cabo cada 30-40 días y a lo largo de todo el año
- En caso de que la afección esté muy avanzada podemos aplicar la cirugía vegetal: Consiste en eliminar los tejidos afectados por la plaga para que esta vuelva a rebrotar (esta medida debe aplicarse por personal cualificado).
- Eliminar aquellas palmeras que ya hayan sido muertas por la plaga: No es suficiente con eliminar sólo las palmas, ya que cuando una palmera muere, en su interior los insectos siguen alimentándose y creciendo, por lo que estas palmeras muertas actúan como un foco de la plaga.
- Transportar los restos afectadas por la plaga a los vertederos autorizados: El vertedero más próximo se encuentra en Sollana (Remagen S.L.), a la entrada de la población desde Sueca. No se pueden verter estos restos en los contenedores de la basura ni tampoco dejarse abandonadas en solares.
- Evitar la colocación aislada de trampas: Este método sólo es eficaz cuando se adopta de manera conjunta a una gran superficie, como por ejemplo la de todo un municipio, de lo contrario podemos estar atrayendo la plaga.
SANCIONES:
Todos aquellos propietarios que no cumplan estas medidas pueden enfrentarse a un procedimiento sancionador, según establece la Ley de Sanidad vegetal 43/2002, de 20 de noviembre. Estas sanciones pueden ir desde los 300 hasta los 3.000.000 €, dependiendo de la gravedad de la infracción.
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